CONFOTUR: 3/3

De la reflexión a la acción: cómo ejecutar controles reales en CONFOTUR

Si el principal problema detectado en CONFOTUR no es su existencia, sino la falta de verificación del retorno real del incentivo, entonces la solución no pasa por grandes reformas legislativas, sino por mejorar la ejecución, el seguimiento y la transparencia del sistema. La pregunta clave ya no es qué debería pasar, sino cómo hacerlo de forma práctica y realista.

Especialmente en un contexto en el que el Estado busca aumentar la recaudación fiscal y en el que la presión tributaria recae de forma creciente sobre la clase media y la clase trabajadora, resulta legítimo preguntarse si los recursos públicos están siendo utilizados de la forma más eficiente posible. Un incentivo mal controlado no solo deja de cumplir su función, sino que termina convirtiéndose en una transferencia de recursos sin retorno claro para la sociedad.

Por eso, más allá del diagnóstico, a continuación se presentan propuestas concretas, factibles y ejecutables, orientadas a mejorar el uso de CONFOTUR sin destruirlo, reforzando su credibilidad y alineándolo con las necesidades actuales del turismo dominicano. Propuestas pensadas para que el incentivo sea más justo y más eficaz, y para que el Estado no renuncie a ingresos fiscales sin obtener a cambio un retorno real en forma de desarrollo, empleo y bienestar colectivo.

El primer paso para mejorar la coherencia y el control de CONFOTUR no es endurecer el sistema ni introducir sanciones, sino mejorar la información disponible. Hoy en día, el acceso público a los proyectos acogidos a CONFOTUR se limita prácticamente al nombre del proyecto y a su estatus administrativo, lo cual resulta claramente insuficiente para evaluar su alcance real.

Una medida sencilla y perfectamente viable sería la creación de una ficha pública básica para cada proyecto aprobado bajo CONFOTUR, accesible desde el portal del Ministerio de Turismo. Esta ficha no debería incluir información sensible ni confidencial, pero sí datos clave que permitan entender qué se aprobó exactamente.

Esta ficha podría incluir, por ejemplo:

  • tipo de proyecto aprobado (hotel, condohotel, proyecto mixto, etc.)
  • ubicación concreta
  • número de habitaciones o unidades autorizadas
  • modelo de operación previsto
  • fecha de clasificación provisional y definitiva
  • estado actual del proyecto (en construcción, en operación, fuera de operación)

La publicación de esta información tendría varios efectos positivos inmediatos. Por un lado, aumentaría la transparencia del sistema y permitiría un mayor escrutinio público sin necesidad de procesos complejos. Por otro, ayudaría a diferenciar claramente entre proyectos turísticos operativos y proyectos que, aunque aprobados, no han llegado a materializarse o han cambiado sustancialmente su uso.

Además, esta ficha serviría como base para cualquier mecanismo posterior de seguimiento. No se puede controlar ni evaluar aquello que no está claramente definido desde el inicio. Saber qué se aprobó es el primer paso para comprobar si eso mismo es lo que existe en la realidad.

Lejos de debilitar CONFOTUR, una medida de este tipo reforzaría su credibilidad institucional y protegería también a los proyectos que sí cumplen, evitando que todos queden bajo la misma sospecha por la falta de información.

Una vez definido con claridad qué proyecto fue aprobado y bajo qué condiciones, el siguiente paso lógico es asegurar que el incentivo fiscal se mantenga solo mientras el proyecto conserve su naturaleza turística. Para ello, CONFOTUR podría vincular la vigencia de las exenciones a una serie de hitos verificables, simples y objetivos, relacionados con la operación real del proyecto.

El planteamiento no es retirar incentivos de forma automática ni generar inseguridad jurídica, sino introducir un principio básico de coherencia: si el incentivo se concede para fomentar turismo, debe mantenerse únicamente mientras exista una actividad turística efectiva.

Estos hitos podrían ser muy básicos, por ejemplo:

  • inicio efectivo de la operación turística en un plazo razonable tras la clasificación definitiva
  • mantenimiento de una actividad hotelera continua o recurrente
  • coherencia entre el uso aprobado y el uso real del proyecto
  • existencia de una estructura mínima de operación acorde al tipo de proyecto
  • No se trata de exigir niveles de ocupación ni métricas complejas, sino de confirmar que el proyecto no ha derivado hacia un uso predominantemente residencial o inactivo.

 

Este tipo de verificación podría realizarse mediante declaraciones periódicas del propio promotor, acompañadas de cruces básicos de información con otras instituciones públicas. El objetivo no es fiscalizar en exceso, sino introducir un mínimo de responsabilidad y seguimiento.

Vincular la vigencia del incentivo a estos hitos tendría un efecto preventivo muy importante. Desde el inicio, el promotor sabría que el incentivo no es un beneficio automático e inamovible, sino una contraprestación condicionada al mantenimiento de la actividad turística que justificó su otorgamiento.

Además, esta medida permitiría distinguir claramente entre proyectos que cumplen con su función y aquellos que, aun habiendo sido aprobados correctamente en su momento, han evolucionado hacia un modelo distinto. En estos últimos casos, el sistema debería tener la capacidad de ajustarse sin dramatismos, reduciendo o suspendiendo el incentivo de forma proporcional y justificada.

Para que CONFOTUR funcione como un incentivo coherente y alineado con su propósito, no basta con aprobar proyectos y verificar hitos puntuales. Es necesario incorporar un mecanismo de revisión periódica, sencillo y proporcionado, que permita confirmar que los proyectos continúan cumpliendo con los criterios básicos que justificaron su aprobación.

Esta revisión no debería tener un carácter sancionador ni convertirse en una carga administrativa excesiva. Al contrario, su objetivo principal sería detectar desviaciones a tiempo y permitir correcciones antes de que estas se consoliden de forma irreversible.

  • Una revisión cada tres o cinco años sería más que suficiente para evaluar aspectos esenciales como:
  • si el proyecto mantiene una operación turística activa
  • si la actividad desarrollada sigue siendo coherente con el uso aprobado
  • si existe una estructura mínima de empleo acorde al tipo de proyecto
  • si el proyecto continúa aportando valor al destino en el que se integra
  • La revisión podría basarse, en gran medida, en información que ya obra en poder de la administración, complementada con una declaración responsable del promotor. No sería necesario desplegar inspecciones complejas ni costosas, sino ordenar y cruzar datos existentes.

 

En la mayoría de los casos, esta revisión serviría simplemente para confirmar el cumplimiento. Solo cuando se detectaran desviaciones relevantes y sostenidas en el tiempo se activarían mecanismos correctivos, como la adaptación del incentivo o la revisión de su alcance, siempre de forma gradual y justificada.

Este enfoque permitiría proteger tanto el interés público como la seguridad jurídica de los proyectos que sí cumplen. Además, enviaría una señal clara al mercado: CONFOTUR no es un beneficio incondicional, sino un instrumento vivo, vinculado a resultados reales y ajustable a la evolución de cada proyecto.

Uno de los grandes errores al hablar de control es pensar automáticamente en nuevas inspecciones, más funcionarios o mayores cargas administrativas. En realidad, gran parte de la información necesaria para evaluar el cumplimiento de los proyectos acogidos a CONFOTUR ya existe dentro del propio Estado.

Una mejora sustancial del sistema pasaría por establecer un cruce básico y sistemático de datos entre distintas instituciones públicas, sin necesidad de crear nuevos procesos complejos. Este cruce podría realizarse, por ejemplo, entre el Ministerio de Turismo, la Dirección General de Impuestos Internos, la Tesorería de la Seguridad Social y el Ministerio de Trabajo.

Con este intercambio de información sería posible detectar situaciones objetivas que hoy pasan desapercibidas, como proyectos con clasificación turística vigente pero sin empleados registrados, con una actividad económica incompatible con una operación hotelera real o con un nivel de cotización claramente inferior al esperable según su tamaño y tipología.

El objetivo de este cruce de datos no sería sancionar de forma automática, sino identificar inconsistencias que justifiquen una revisión más detallada o una solicitud de aclaración al promotor. En muchos casos, estas inconsistencias podrían deberse a errores administrativos o a fases temporales de baja actividad, fácilmente corregibles.

Este enfoque tiene una ventaja clara: permite mejorar el control de forma eficiente y de bajo costo, aprovechando información que el propio sistema público ya genera. Además, reduce la discrecionalidad y refuerza la objetividad, ya que el control se basa en datos verificables y no en apreciaciones subjetivas.

Implementar este tipo de cruces interinstitucionales enviaría un mensaje claro: el incentivo fiscal está ligado a una actividad económica real y verificable, y su seguimiento forma parte de una gestión responsable de los recursos públicos.

Uno de los problemas del modelo actual es que tiende a tratar de la misma forma proyectos que, en la práctica, son muy distintos entre sí. No tiene la misma lógica un hotel de operación continua que un condohotel, ni un proyecto turístico puro que un desarrollo mixto con componentes residenciales. Sin embargo, CONFOTUR aplica el incentivo de forma bastante homogénea, sin distinguir suficientemente estas realidades.

Una mejora importante sería clasificar claramente los proyectos por tipología desde el inicio y adaptar tanto los requisitos como los mecanismos de seguimiento a cada modelo. Esta diferenciación permitiría controles más justos, más realistas y más alineados con la operación efectiva de cada proyecto.

Por ejemplo, un hotel tradicional podría estar sujeto a criterios básicos relacionados con continuidad operativa, estructura de empleo y servicios turísticos. Un condohotel podría evaluarse en función de su nivel real de explotación turística y del porcentaje de unidades efectivamente integradas en el pool hotelero. En el caso de proyectos mixtos, el seguimiento debería centrarse en asegurar que la parte turística no quede diluida frente al uso residencial.

Este enfoque evita dos problemas habituales: por un lado, exigir a ciertos proyectos criterios que no se corresponden con su modelo real; por otro, permitir que proyectos con una vocación turística muy limitada se beneficien del mismo incentivo que aquellos que sí generan un impacto relevante en empleo y actividad económica.

Diferenciar tipologías no significa excluir modelos, sino reconocer su diversidad y ajustar el incentivo a su contribución real al turismo. Esto reforzaría la equidad del sistema y permitiría que CONFOTUR vuelva a funcionar como una herramienta de fomento bien dirigida, en lugar de un beneficio uniforme aplicado sin matices.

Si no todos los proyectos generan el mismo impacto turístico, tampoco tiene sentido que todos reciban el mismo nivel de incentivo fiscal. Uno de los ajustes más relevantes que podría introducirse en CONFOTUR es el principio de proporcionalidad, entendiendo el incentivo no como un beneficio binario (se tiene o no se tiene), sino como un instrumento adaptable a los resultados reales de cada proyecto.

Este principio permitiría que los proyectos con mayor generación de empleo, mayor actividad turística sostenida y mayor integración con la economía local mantuvieran la totalidad del incentivo, mientras que aquellos con un impacto más limitado vieran ajustado el alcance de las exenciones de forma gradual y justificada.

La proporcionalidad no implica retirar incentivos de forma abrupta, sino alinear el nivel de beneficio fiscal con el nivel de retorno real. Un proyecto que cumple parcialmente podría mantener parte del incentivo; uno que deja de cumplir de forma estructural podría ver reducido su alcance, siempre con criterios claros y previsibles.

Este enfoque introduce un elemento de justicia fiscal importante. El Estado no renuncia a ingresos de forma indiscriminada, y los proyectos son incentivados no solo a construirse, sino a operar correctamente y aportar valor de forma sostenida.

Además, la proporcionalidad actúa como un incentivo positivo. No castiga al que cumple, sino que premia al que aporta más. Refuerza la lógica de que CONFOTUR no es un regalo, sino una herramienta de política pública orientada a maximizar el beneficio colectivo.

Para reforzar la legitimidad de CONFOTUR y elevar el nivel del debate público, una medida clave sería la publicación periódica de informes agregados de impacto, sin necesidad de señalar proyectos concretos ni divulgar información sensible.

Estos informes podrían elaborarse de forma anual o bienal y ofrecer una visión global del funcionamiento del incentivo, incluyendo aspectos como:

  • número de proyectos acogidos a CONFOTUR por tipología
  • distribución territorial de los incentivos
  • empleo directo e indirecto generado
  • estimación del impacto económico agregado
  • evolución del uso turístico frente a otros usos

Este tipo de información permitiría evaluar si el sacrificio fiscal asumido por el Estado se está traduciendo en los resultados esperados y facilitaría un debate público basado en datos, no en percepciones o posiciones ideológicas.

Además, estos informes servirían como herramienta interna de mejora continua. Detectar tendencias, desequilibrios o desviaciones permitiría ajustar el incentivo de forma progresiva, evitando decisiones abruptas o improvisadas.

La transparencia agregada no debilita el sistema; al contrario, lo protege, refuerza la confianza institucional y contribuye a que CONFOTUR sea percibido como una política pública seria y responsable.

CONFOTUR ha sido una de las herramientas más importantes en la historia del turismo dominicano. Gracias a él se desarrollaron polos turísticos, se atrajo inversión internacional y se sentaron las bases de un sector que hoy es pilar de la economía nacional. Precisamente por esa importancia, su revisión no debe entenderse como una amenaza, sino como una oportunidad.

Las propuestas planteadas en esta tercera parte no buscan eliminar el incentivo ni frenar la inversión, sino mejorar su ejecución, reforzar su coherencia y asegurar que el dinero que el Estado deja de recaudar se convierta en empleo, desarrollo y turismo real.

El debate ya no es si CONFOTUR debe existir, sino si estamos dispuestos a hacerlo más transparente, más justo y más eficaz. En un contexto de mayor presión fiscal sobre la ciudadanía, resulta razonable exigir que cada exención tenga un retorno claro y verificable.

 

Mi Conclusión:

CONFOTUR no necesita desaparecer. Necesita evolucionar.